CUANDO NO ES POSIBLE LA CUSTODIA COMPARTIDA Y LA GUARDA EXCLUSIVA PODRÍA PRODUCIR UN DAÑO EMOCIONAL
CASO: La madre solicitó en modificación de las medidas adoptadas de mutuo acuerdo en la sentencia de divorcio de 2 mayo 2012 en relación con las dos hijas menores, Reyes, nacida en 2007, y Rebeca, nacida en 2009, reclamando en el caso de Reyes la guarda exclusiva materna con un régimen de estancias con el progenitor en el Punto de Encuentro, una hora semanal, los sábados por la mañana, debido a las desavenencias con su padre y una pensión de alimentos de 200.-euros;, mientras en el caso de Rebeca solicita se mantuviera al custodia compartida en semanas alternas como más…