Caso desahucio por precario contra expareja del hijo
Doña Natividad tiene atribuida la guarda del hijo menor llamado Severiano, al que a su vez se le atribuyó el uso de la vivienda familiar que era de los abuelos…
Como se resuelven los conflictos familiares.
Doña Natividad tiene atribuida la guarda del hijo menor llamado Severiano, al que a su vez se le atribuyó el uso de la vivienda familiar que era de los abuelos…
El artículo 6 de la Ley 15/2015 de 2 de julio de la jurisdicción voluntaria establece que no se podrá iniciar o continuar con la tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria que verse sobre un objeto que esté siendo sustanciado en un proceso jurisdiccional.
En el art. 769 .1 y 2. LEC se contemplan unos fueros generales para los procesos matrimoniales, y en el art. 771 .1 LEC un fuero específico para conocer de las medidas provisionales previas a la demanda.
En cada caso, deba analizarse el carácter ganancial o privativo de las indemnizaciones y de las pensiones en función de su naturaleza sustitutiva del salario o del carácter compensatorio que de un bien privativo deba atribuírseles.
Conviene que los abogados adviertan a los clientes que una demanda contenciosa ante los tribunales, permite también una contestación de la demandada en la que se soliciten pretensiones muy distintas a las de la actora, sobre las que también tiene que resolver el Tribunal.
El transcurso de un largo período de tiempo en el Estado de desplazamiento podría suponer un enraizamiento del menor, que debe ser tenido en cuenta por las autoridades en la resolución que acuerde o no el retorno.
Se amplían los medios de acreditar la condición de víctima de violencia de género.
Real Decreto 1322/1981, de 3 de julio, por el que se crean los juzgados de familia.. Órgano MINISTERIO DE JUSTICIA Publicado en BOE núm. 162 de 08 de Julio de…
La falta de conocimiento de las múltiples herramientas informáticas y de comunicación existentes en la actualidad, que pueden ser aplicadas para la resolución de los conflictos de pareja, puede llevar a una falta de competitividad, desde el punto de vista del cliente, al jurista que trabaja en el ámbito del derecho de familia, y al sistema judicial, si no asume los cambios técnicos y comunicativos que se están produciendo.