¿PROCEDE INSCRIBIR EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD LA RESOLUCION JUDICIAL QUE ACUERDA HOMOLOGAR LA TRANSACCION ALCANZADA EN LIQUIDACION?
La Dirección Gral. de Registros tiene declarado que la calificación registral, tratándose de documentos judiciales no entra en el fondo de la resolución, ni en la validez del convenio regulador aprobado judicialmente, sino que se circunscribe a si resulta título inscribible para la práctica del asiento registral teniendo en cuenta precisamente los aspectos susceptibles de calificación registral conforme a los artículos 2 y 3 de la Ley Hipotecaria- LH-Resoluciónes de 9 de marzo de 2013 y 15 de septiembre de 2020 -. Los arts. 2 y 3 de la L.H recogen el principio de legalidad: En estos artículos se hace una…