APORTACIONES A LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

La sociedad de gananciales se configura en nuestro ordenamiento jurídico como una comunidad en mano común o germánica; no existen, por tanto, cuotas, ni sobre los concretos bienes gananciales conformadores del patrimonio conjunto, ni sobre este; esto es, los cónyuges no son dueños de la mitad de los bienes comunes, sino que ambos son titulares conjuntamente del patrimonio ganancial, globalmente. Existe, pues, un patrimonio ganancial de titularidad compartida por los cónyuges, que carece de personalidad jurídica, no es sujeto, sino objeto del derecho; constituye un patrimonio separado distinto del patrimonio privativo de cada uno de los cónyuges, y que funciona…

LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES EN SEPARACION DE HECHO

A los efectos de la liquidación de la sociedad de gananciales es muy importante determinar el momento de su extinción, y se plantea la duda de la fecha de la extinción  cuando se ha producido una separación de hecho previa al divorcio o separación judicial, sin otorgar unas capitulaciones matrimoniales acordando su extinción, y que consecuencias a los efectos de la liquidación tiene dicha separación. Recuerda la STS de 5 de abril de 2.022 que el momento de disolución de la sociedad de gananciales viene regulado en los artículos 95, 1392 y 1393 del código Civil, siendo en el caso…

OBJETO DEL PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACION DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES

Los procesos especiales no son más ni menos garantistas, sino más aptos para realizar la función jurisdiccional en el ámbito sobre el que se proyectan, más aptos para poner al tribunal en la mejor situación para decir con acierto el Derecho al caso concreto, puesto que esa y no otra es la función del proceso. El objeto del procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales, competencia del juzgado de familia, puede incluir no sólo bienes de esta sociedad postganancial, sino que también puede ser su objeto un conflicto no resuelto entre los cónyuges que pueda tener relación sobre dicha…

SI EXISTE SEPARACION DE HECHO, ¿CUAL ES LA FECHA DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES?

El debate jurídico sobre la fecha de la disolución de la sociedad de gananciales en los supuestos de separación de hecho no es procesal sino sustantivo. En concreto de interpretación y aplicación de los artículos 7, 95, 1392 y 1393 del Código Civil -en adelante también CC-. Pero la declaración judicial de retroacción de la conclusión de la sociedad de gananciales debe solicitarse por el cónyuge al que le interese, y  no es unánime en la práctica forense si dicha solicitud debe hacerse en el procedimiento contencioso de divorcio o en el procedimiento de liquidación de la sociedad de gananciales,…