¿Cabe mantener la guarda en quien no tiene la patria potestad?
Caso: La tía paterna de la menor, demanda guarda y custodia de su sobrina, Andrea, de cinco años de edad, hija de su hermano y de doña Aurelia, fallecida el…
Como se resuelven los conflictos familiares.
Caso: La tía paterna de la menor, demanda guarda y custodia de su sobrina, Andrea, de cinco años de edad, hija de su hermano y de doña Aurelia, fallecida el…
Para iniciar la adopción se requiere como regla general la propuesta de la Entidad a favor del adoptante/s que declara idóneo/s. La solicitud en Madrid la efectúa la Comisión de…
En un caso de modificación de medidas, en la demanda se solicita la extinción de la pensión de alimentos a favor de las hijas y a cargo del padre, pues…
El que el ejecutado haya sido absuelto de un delito de abandono de familia por impago de pensiones al no haberse podido probar su capacidad económica, o su voluntad obstativa y reticente al cumplimiento de las obligaciones familiares – pensión alimenticia -, no significa en modo alguno que la deuda alimenticia filial se haya extinguido civilmente.
Doña Natividad tiene atribuida la guarda del hijo menor llamado Severiano, al que a su vez se le atribuyó el uso de la vivienda familiar que era de los abuelos…
El artículo 6 de la Ley 15/2015 de 2 de julio de la jurisdicción voluntaria establece que no se podrá iniciar o continuar con la tramitación de un expediente de jurisdicción voluntaria que verse sobre un objeto que esté siendo sustanciado en un proceso jurisdiccional.
En el art. 769 .1 y 2. LEC se contemplan unos fueros generales para los procesos matrimoniales, y en el art. 771 .1 LEC un fuero específico para conocer de las medidas provisionales previas a la demanda.
En cada caso, deba analizarse el carácter ganancial o privativo de las indemnizaciones y de las pensiones en función de su naturaleza sustitutiva del salario o del carácter compensatorio que de un bien privativo deba atribuírseles.
La declaración de la situación de concurso suspende la ejecución y determina un cambio de competencia en el órgano judicial por la vis atractiva del juzgado competente del concurso respecto de la ejecuciones contra el patrimonio del concursado.
Conviene que los abogados adviertan a los clientes que una demanda contenciosa ante los tribunales, permite también una contestación de la demandada en la que se soliciten pretensiones muy distintas a las de la actora, sobre las que también tiene que resolver el Tribunal.