CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 92.7 DEL CÓDIGO CIVIL

ATS, Civil sección 1 del 11 de enero de 2023 ( ROJ: ATS 581/2023 – ECLI:ES:TS:2023:581A ), por el que la Sala Primera del Tribunal Supremo plantea cuestión de inconstitucionalidad respecto del 92.7 CC. Se plantea al tener que resolver un recurso de casación interpuesto por la madre del menor. En Primera y en Segunda Instancia se había acordado la custodia compartida; pocos días después de la Sentencia dictada en Segunda Instancia, la madre del menor presenta denuncia contra el padre denunciando agresión física de este último. Por estos hechos se incoaron Diligencias Previas respecto de las que, finalmente, la Audiencia Provincial,…

CABE DEMANDA DE MODIFICACION DE LAS MEDIDAS DE UNA SENTENCIA APELADA

Con carácter general, si las circunstancias que fueron tenidas en cuenta en la sentencia -en este caso de ejemplo real, sentencia de divorcio de 2019-, que acuerda las medidas definitivas sobre responsabilidad parental y alimentos, se han visto modificadas de manera sustancial, existen dos posibles vías de actuación para obtener una modificación judicial de las mismas si esa sentencia fue apelada y el recurso está en trámite: 1) Presentación de un escrito de nueva noticia, solicitando proponer nueva prueba en virtud del artículo 460, en relación con el artículo 270, y artículo 752 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Pero…

RECLAMACIONES ENTRE CONYUGES POR RAZON DE SU REGIMEN MATRIMONIAL

La sentencia de Pleno del Tribunal Supremo, de 21 de diciembre de 2015, Recurso 2459/2013, considera que el procedimiento adecuado para resolver las reclamaciones entre cónyuges por razón de su régimen económico matrimonial, tras la disolución de éste, es el especial de los artículos 806 a 811 de la LEC y no el declarativo por razón de la cuantía. La sentencia cuenta con un voto particular que considera la adecuación del juicio ordinario a la pretensión ejercitada. Argumenta la prioridad de la especialidad por la materia sobre los declarativos comunes (art. 248 LEC), y la consideración del procedimiento para la…

LIQUIDACION DEL REGIMEN DE PARTICIPACIÓN

El régimen de participación se caracteriza porque no existen bienes que repartir. Los repartos son propios del régimen de gananciales. En el régimen de participación cada cónyuge tiene la libre administración y disposición de sus propios bienes, tanto lo que le pertenecen al inicio como los que adquiere después (art. 1412 del Código Civil). Y si adquieren conjuntamente algún bien o derecho les pertenece en proindiviso ordinario (art. 1414), para poner fin al mismo habrá que acudir a las normas que lo regulan, no a la liquidación del régimen de participación. Se caracteriza además por el derecho a participar en…

DISOLUCION PARCIAL O VENTA DE CUOTA

CASO. – Se trata de una escritura en la que se formaliza una extinción parcial de condominio, otorgada por cinco de los siete copropietarios, y en la que se ha considerado por la Registradora que es una venta de cuota. En tal caso, dado que hay adquirentes casados en régimen de gananciales, es necesario determinar el carácter de su adquisición e identificar a los cónyuges, y a demás queda sometida al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

GENESIS

La serpiente era el más astuta que las demás bestias del campo que el Señor había hecho. Y dijo a la mujer: «¿Conque Dios os ha dicho que no comáis de ningún árbol del jardín?». La mujer contestó a la serpiente: «Podemos comer los frutos de los árboles del jardín; pero del fruto del árbol que está en mitad del jardín nos ha dicho Dios: “No comáis de él, ni lo toquéis, de lo contrario moriréis”». La serpiente replicó a la mujer: «No, no moriréis; es que Dios sabe que el día en que comáis de él, se os abrirán…

AMAR -Y-YA

Hace unas semanas llegó a mí esta expresión a través del wasap: la vida debería ser AMARILLA. AMAR -Y-YA. Lo cierto es que más allá de lo ingenioso del juego de palabras, la cosa tiene su ‘miga’. Hoy quiero traer esto aquí porque en estos tiempos difíciles y raros, de rupturas de pareja y de vida personal en una habitación, hay un riesgo grande de quedarnos en el color ‘negro’ o ‘gris’, encerrados en lo que nos preocupa, o en la rutina de sentir que todos los días son iguales, que no hay nada que podamos hacer para mejorar mi…

QUERER ES PODER

En la vida sólo hay querer, y ese querer es asumir a Dios, y ese asumir a Dios, nuestro más alto querer, es lo que nos hace poder, pues no hay barrera insalvable ni obstáculo que no se pueda esquivar, o derribar, si hace falta, la simple razón no es un cimiento inquebrantable, ni es la fe un parche a la sinrazón, ni mucho menos un paliativo a la consabida, y aun aceptada injusticia, es la necesidad insatisfecha del ávido humano y su satisfacción al mismo tiempo, una sed insaciable ya saciada, como la sed de un crucificado a punto…

CUESTIONES DE COMPETENCIA ENTRE LOS JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER Y LOS JUZGADOS CIVILES

I.- DISPERSION COMPETENCIAL QUE CREA INSEGURIDAD JURÍDICA La dispersión competencial existente en materia civil de familia, y las deficiencias de redacción de muchas de las leyes que determinan la competencia, produce entre otros problemas para el operador jurídico  una notable inseguridad jurídica, es decir, una pérdida en la  “certeza del derecho” que los ciudadanos tenemos  reconocida y garantizada por el artículo 9.3 de la vigente Constitución de 1978, y obliga a los tribunales a formular cuestiones negativas de competencia objetiva, teniendo en cuenta que conforme al artículo 9.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial los Juzgados y Tribunales ejercerán…

PROTECCION DE MENORES

I.- MARCO BÁSICO LEGAL DE LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES EN ESPAÑA Los poderes públicos, de acuerdo con la Constitución, han de asegurar la protección integral de los hijos, que son iguales ante la Ley con independencia de su filiación. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a sus hijos mientras son menores de edad y en los demás casos en que lo establezca la ley (artículo 39 de la Constitución española). Los niños gozan también de la protección prevista en los acuerdos internacionales que recogen sus derechos. Destaca la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 -CDN-,…