PROTECCION DE MENORES

I.- MARCO BÁSICO LEGAL DE LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES EN ESPAÑA Los poderes públicos, de acuerdo con la Constitución, han de asegurar la protección integral de los hijos, que son iguales ante la Ley con independencia de su filiación. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a sus hijos mientras son menores de edad y en los demás casos en que lo establezca la ley (artículo 39 de la Constitución española). Los niños gozan también de la protección prevista en los acuerdos internacionales que recogen sus derechos. Destaca la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 -CDN-,…

DERECHOS DE LA INFANCIA EN EL ENTORNO DIGITAL

El Comité de Derechos del Niño ha publicado la Observación 25 conforme a la cual, los Estados partes deben revisar y actualizar su legislación nacional, a fin de garantizar un entorno digital compatible con los derechos previstos en la Convención y sus Protocolos Facultativos. Actualmente la protección en España se lleva a efecto con la Constitución Española, artículos. 18.4 y 39.4, teniendo en cuenta que la protección de los menores con relación al tratamiento de datos personales es un derecho fundamental, conforme al artículo 8, apartado 1, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Se desarrolla…

PROTECCION DEL MENOR MEDIANTE LA SOLUCION PACIFICA DEL CONFLICTO DE FAMILIA

La Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, positiviza nuevos  criterios y compromisos que pueden ser un avance para la solución de los conflictos de familia que afectan a los menores. En el artículo 1 define la violencia sobre el menor, considerando entre otros como violencia sobre el menor: un trato negligente al menor que le prive de sus derechos y bienestar,  o una situación que le amenace, o interfiera  en el ordenado desarrollo de su persona en la sociedad, la difusión pública de sus datos privados, con independencia de la…

LEY ORGANICA 8/2021(I): PROTECCION MENORES FRENTE VIOLENCIA

I.-  TITULO PRELIMINAR LO 8/21 La protección de las personas menores de edad es un mandato del artículo 39 de la Constitución Española, y de diversos instrumentos internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño de la Asamblea de las Naciones Unidas de 1989, ratificada por España en 1990. Son especialmente relevantes las Observaciones del Comité sobre los Derechos del del Niño a ser escuchado, a no ser objeto de ninguna forma de violencia, y a que el interés superior del niño sea considerado primordialmente. Es objetivo de la política común europea la protección de los derechos del Niño,…