REMOCION DE CURATELA REPRESENTATIVA

I.- EJERCICIO DE LA CURATELA   La curatela tiene como finalidad (así lo dice el preámbulo de la Ley 8/2021) el cuidado de la persona, lo que significa dos cosas: que el curador tiene que cuidar de la persona, es decir, “estar pendiente de sus necesidades y proporcionarle lo necesario para que esté bien o esté en buen estado”, y “procurarle las atenciones necesarias para evitarle algún mal o peligro”. El curador actuará bajo los criterios fijados en el artículo 249 de la Ley 8/2021, y está obligado a mantener contacto personal con la persona a la que presta el apoyo,…

GUARDA Y CUSTODIA, GUARDA DE HECHO Y CURATELA

La Constitución Española en su artículo 39 ordena a los poderes públicos la protección integral de los hijos, iguales estos ante la ley, con independencia de su filiación, y esa protección se delega inicialmente de forma básica en los padres, que tienen la obligación de prestar asistencia de todo orden a los hijos, asistencia que en los territorios en que rige el Código Civil se regula básicamente en el TVII, relativo a las relaciones paterno-filiales – artículos  154 a 180-, sin perjuicio de la regulación de las consecuencias de la ruptura de la relación entre los progenitores que en materia…