MIS HIJOS MAYORES NO ME HABLAN: ¿Puedo dejar de abonar la pensión de alimentos?

No. Debes previamente solicitar la extinción en procedimiento de modificación de medidas – 775 de la LEC-.

Para apreciar esa causa de extinción de la pensión ha de aparecer probado que la falta de relación manifiesta entre padre e hijos, sobre la que no existe duda, era, de modo principal y relevante, imputable a éstos: STS 104/2019, de 19 de febrero.

 

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