SOBRE LA COMPETENCIA OBJETIVA Y FUNCIONAL DE JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER
La jurisprudencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo determina que los Juzgados de Violencia sobre la Mujer – JVM – son del orden del orden penal y civil –SSTS, Sala Tercera, 297/2020, de 2 de marzo y 374/2022, de 24 de marzo-, y esta naturaleza mixta determina su competencia objetiva y funcional, de forma que cuando han ejercicio su competencia civil dictando sentencia de divorcio por la concurrencia simultánea de los requisitos del artículo 87 ter.3 de la LOPJ, es también el mismo JVM que dictó dicha sentencia, el que en virtud de la competencia funcional establecida legalmente por…