Cuestión
Atribución del uso de la vivienda familiar en favor de hija común que deviene mayor de edad en el curso del proceso. Solicitud en apelación de su atribución a la esposa por ostentar el interés más necesitado de protección. «Mutatio libelli».
Resumen
La sentencia de instancia decidió no pronunciarse sobre la atribución del uso de la vivienda familiar, argumentando que no es propiedad del matrimonio, sino del esposo y sus hermanos, y que el derecho de uso de la hija común (que era menor en el momento de la demanda) se extinguió al alcanzar la mayoría de edad. Apela la esposa dicha decisión solicitando su atribución, invocando que ella ostenta el interés más necesitado de protección y que en la demanda fue solicitada para ella. La Audiencia confirma la decisión de la instancia. Aunque considera irrelevante el extremo referido a la titularidad, constata que, en la demanda de divorcio, la actora no solicitó la atribución del uso de la vivienda familiar por ser ella el «interés más necesitado de protección», sino que su solicitud se basó en el hecho de que la hija común, era menor de edad en el momento de la presentación de la demanda y aunque bien pide se atribuya a ella el uso y disfrute de la vivienda familiar , la fundamentación de la demanda era que, al atribuírsele a la madre la guarda y custodia de la hija menor, el uso de la vivienda familiar debía ser atribuido «imperativamente a la madre en tanto queda con la atribución de la guardia custodia de la hija menor. La argumentación de ser el «interés más necesitado de protección» fue introducida por la apelante en el recurso de apelación, lo que conlleva automáticamente la desestimación del recurso, porque constituye una alteración del objeto de proceso.
CASO: SAP, Civil sección 31, sentencia del 10 de julio de 2025 ( ROJ: SAP M 9240/2025 – ECLI:ES:APM:2025:9240 )