DISTINCIÓN ENTRE RECONOCIMIENTO Y EXEQUATUR
Suele existir una confusión entre los conceptos de reconocimiento y exequatur o declaración de ejecutividad. Reconocimiento es el mecanismo de homologación de una resolución extrajera por el que se dota a ésta de todos los efectos procesales que le son propios, salvo el efecto ejecutivo (efecto de cosa juzgada material, efecto constitutivo y efecto tipicidad). Exequatur es el mecanismo de homologación de una resolución extranjera que la convierte en título ejecutivo y le permite desplegar su eficacia ejecutiva en nuestro país como un título ejecutivo cualquiera. Siendo diversos los posibles efectos de una sentencia, los controles sobre la misma para…