COMPETENCIA TERRITORIAL EN PROCEDIMIENTOS MATRIMONIALES

Se presenta de demanda de divorcio en el Partido Judicial de Villalba, y la presenta con el certificado de matrimonio en Euskera, sin determinar en la demanda la fecha del matrimonio, y fundamentando la competencia territorial en que la demandante reside en Villalba desde hace más de un año, y el demandado en Bilbao, sin indicar la demanda cual fue el último domicilio conyugal. Admitida la demanda, por el Magistrado, ya convocada la vista, y estando en rebeldía el demandado, pues emplazado en Bilbao no se persona para contestar la demanda, se acuerda antes de la vista un incidente de…

SOBRE LA COMPETENCIA TERRITORIAL EN LOS PROCESOS MATRIMONIALES Y DE MENORES

El artículo 769 de la Ley de Enjuiciamiento Civil regula la competencia territoria el los procesos matrimoniales y de menores, consta de cuatro apartados y fue modificado en los apartados 1 y 2 por la disposición final 3.8 de la Ley 15/2015, de 2 de julio. Literalmente recogemos manifestaciones jurisprudenciales sobre los cuatro apartados prescriben como fueros especiales imperativos, pues el apartado 4 recoge que son nulos los acuerdos de las partes que se opongan a lo dispuesto en este artículo sucesivos: “1. Salvo que expresamente se disponga otra cosa, será tribunal competente para conocer de los procedimientos a que…