¿PIERDE LA COMPETENCIA EL JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER SI SOBRESEYESE LA CAUSA PENAL?

Cabe preguntarse si el Juzgado de Violencia sobre la Mujer -JVM- que asumió la competencia del procedimiento de divorcio por inhibición del juzgado civil, tras denuncia del Ministerio Fiscal de posible delito de violencia de género tras una comparecencia del artículo 49 bis.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, puede devolver la competencia al Juzgado civil que la perdió inhibiéndose, caso de que finalmente sobresea la causa sin responsabilidad penal del investigado (sobreseimiento provisional).  Para contestar la cuestión debe tenerse en cuenta que:  1º En el Título II de la Ley de Enjuiciamiento Civil -LEC-, que lleva por rúbrica “De…