PRESUNCION DE GANANCIALIDAD
La STS 618/2022, de 21 de septiembre, aplica la presunción de ganancialidad a los fondos aportados a un plan de pensiones privativo del ex esposo. En el caso que resuelve, era pacífica la naturaleza privativa del plan de pensiones, pero se discutía si los fondos de los que se había nutrido eran gananciales. La sentencia recuerda el rigor de la presunción de ganancialidad contenida en el art. 1361 CC, que implica que, para desvirtuarla no basta la prueba indiciaria, sino que es precisa una prueba expresa y cumplida. En este caso, la Audiencia había rechazado el reconocimiento del crédito contra el titular del plan porque…