POSTULACION EN JURISDICCION VOLUNTARIA COMPETENCIA DE JUZGADOS DE FAMILIA

Como regla general la postulación con Abogado y Procurador en un expediente de Jurisdicción Voluntaria es obligatoria cuando la ley lo indique según el tipo de expediente, y siempre que se interpongan recursos de revisión y apelación contra la resolución definitiva, o bien, al momento en que se formule oposición. En los restantes casos es voluntaria. La LEY 15/2015 –LJV- regula esta intervención, con carácter general en su art. 3.2, conforme al cual: “Tanto los solicitantes como los interesados deberán actuar defendidos por Letrado y representados por Procurador en aquellos expedientes en que así lo prevea la presente Ley. No obstante, aun cuando no sea requerido por la…