Significado de la neutralidad de género y de la discriminación sexista

El no reconocimiento del concepto de cónyuge en algunos Estado de la Unión, por no reconocer el matrimonio homosexual contraído legalmente en otro Estado miembro, puede obstaculizar el ejercicio del derecho de ese ciudadano a la reunificación familiar, y, por tanto, puede ser un requisito que suponga una discriminación indirecta. Es el caso del asunto C-673/16 del TJUE en el contexto de la Directiva 2004/38/CE relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros. En esta sentencia el TJUE indica que…