REGISTRO CIVIL E INSCRIPCION DIVORCIO
El Registro Civil no inscribió sentencias de divorcio , que se remitieron desde el Juzgado con diligencia, para su inscripción en dicho registro personal, por imperativo del articulo 755 de la LEC, tras la entrada en vigor la Ley 20/2011, a fin de que el Juzgado – sería igual en caso de Notario- recabara fotocopia del DNI, NIE, pasaporte o documento identificativo de los cónyuges, entendemos que es improcedente. No existe precepto legal o reglamentario, circular, resolución o instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública que exija la portación de fotocopia del DNI, NIE, pasaporte otro…