COMPARTIDA: sentencia que valora sobre el informe psicológico, el social.
Sentencia TS núm. 458/2019, de 18 de julio En la sentencia recurrida se considera más relevante el informe de la trabajadora social que el de la psicóloga. La psicóloga que emite informe propone la idoneidad de la custodia compartida, habida cuenta de las aptitudes adecuadas de ambos progenitores y de su mutuo compromiso en la educación de los menores, especificando «No se observa problemática en el padre que pueda afectar al cuidado de los hijos. Ambos progenitores obtienen puntuaciones positivas y similares en el test «Cuida». Ambos padres tienen las habilidades necesarias y adecuadas para responsabilizarse de los menores…