DEVENGO DE LOS ALIMENTOS
La STS 412/2022, de 23 de mayo contiene un buen resumen sobre la fecha de devengo de los alimentos en los procesos de familia, que cabe resumir como sigue: 1. Todo lo dispuesto en el Titulo VI del Libro I del Código civil, sobre alimentos entre parientes, es aplicable a los alimentos debidos a los hijos menores en los procedimientos matrimoniales o en los de ruptura de las parejas de hecho. 2. Cuando los alimentos se fijan por primera vez se devengan desde la fecha de interposición de la demanda en aplicación del art. 148.1 CC, incluso cuando sean establecidos por la Audiencia, al…