REVOCACIÓN DEL DERECHO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA Y PIEZAS DE CORRECCIONES DISCIPLINARIAS

El Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE), regulado en Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, en su artículo 78.1 indica que: “Los abogados están sujetos a responsabilidad penal por los delitos y faltas que cometan en el ejercicio de su profesión”. El abogado, como cualquier profesional, deberá cumplir las normas penales y deontológicas, tanto en aras de un ejercicio diligente y ético de la profesión como con la intención de proyectar una imagen de la profesión a la sociedad de honestidad y respeto con los principios legales y éticos que generen la confianza necesaria en los ciudadanos. El…