MOMENTO DE CONCLUSION DE LA SOCIEDAD DE GANANCIALES EN SEPARACIONES Y DIVORCIOS

El momento de la disolución de la sociedad de gananciales no queda a criterio del Juez, ni de las partes, sino que se disuelve como regla general con la sentencia firme de separación o disolución del matrimonio -artículos 95 y 1392 del Código Civil-. También con la escritura pública en la que formalicen el convenio regulador, según la redacción que se dio al precepto por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, modificación que tenía por objeto la adaptación a la regulación de la separación o divorcio de mutuo acuerdo de los cónyuges sin hijos menores…