APOYOS DETERMINADOS POR UN ORGANO JUDICIAL

En el nuevo sistema que regula el Código Civil en su Título XI, todas las personas con discapacidad son titulares del derecho a la toma de sus propias decisiones. Ya no hay capacidad jurídica judicialmente modificada, ni incapaces. Sólo existe la posibilidad de designar apoyos para el ejercicio pleno y en igualdad de esa capacidad jurídica de la persona con una discapacidad. Estos apoyos pueden ser voluntarios, establecidos por la propia persona, en un poder o mandato preventivo -256 y ss-, – o a través de la autocuratela – 271 y ss-, siendo el artículo 255 del Código Civil el…