CUANDO LA DENUNCIANTE DE VIOLENCIA DE GENERO NO QUIERE DECLARAR EN EL JUICIO
Sólo pueden considerarse pruebas que vinculen a los órganos de la justicia penal las practicadas en el juicio oral -artículo 741 de la LECr-. Aunque esta regla tiene sus excepciones, como es la prueba anticipada y la prueba preconstituida, con los requisitos jurisprudenciales de ambas. En el Pleno de la Sala Segunda de 28 de noviembre de 2006 se acordó que las declaraciones válidamente prestadas ante la policía pueden ser objeto de valoración por el Tribunal, previa su incorporación al juicio oral en alguna de las formas admitidas por la jurisprudencia. Siendo estas vías los arts. 714 y 730 LECrim.…