- LISTADO DE REGLAMENTOS Y CONVENIOS INTERNACIONALES
- Reglamento (UE) 2019/1111 del Consejo, de 25 de junio de 2019 (Bruselas II ter / versión refundida)
- Contenido y objeto: Constituye el texto normativo fundamental e imperativo (aplicable desde el 1 de agosto de 2022) para determinar la competencia judicial internacional, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial (divorcio, separación legal y nulidad) y de responsabilidad parental, así como sobre la sustracción internacional de menores.
- Puntos clave: Delimita los fueros de competencia en materia de crisis matrimoniales (art. 3) y atribuye la competencia general en responsabilidad parental al tribunal de la residencia habitual del menor al tiempo de interponer la demanda (art. 7). Regula la ejecución directa mediante certificados, el refuerzo del derecho del menor a ser oído y los mecanismos alternativos de resolución de litigios.
- Reglamento (CE) n.º 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003 (Bruselas II bis)
- Contenido y objeto: Régimen normativo predecesor aplicable a las demandas judiciales presentadas entre el 1 de marzo de 2005 y el 31 de julio de 2022 en materia matrimonial y de responsabilidad parental.
- Puntos clave: Regulaba la competencia en materia de disolución del vínculo y guarda de menores, estableciendo el sistema de cooperación entre autoridades centrales para supuestos de sustracción y la supresión del exequátur para resoluciones privilegiadas (derecho de visita y retorno).
- Reglamento (UE) n.º 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010 (Roma III)
- Contenido y objeto: Regula de forma unificada la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial mediante el mecanismo de cooperación reforzada.
- Puntos clave: Es un instrumento de aplicación universal (se aplica aunque la ley designada no sea la de un Estado miembro). Potencia la autonomía de la voluntad permitiendo la elección de ley aplicable dentro de los márgenes del artículo 5, y establece foros de conexión subsidiarios basados en la residencia habitual o la nacionalidad común (art. 8).
- Reglamento (CE) n.º 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008 (Alimentos)
- Contenido y objeto: Determina la competencia judicial internacional, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de obligaciones de alimentos derivadamente de las relaciones de familia.
- Puntos clave: Incluye dentro de su concepto autónomo europeo tanto la pensión alimenticia a favor de los hijos como la pensión compensatoria entre cónyuges y el uso de la vivienda familiar concebido como prestación en especie. Contempla foros alternativos de competencia (residencia del demandado, del acreedor de alimentos o por conexidad con acciones sobre el estado civil o responsabilidad parental).
- Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, de 24 de junio de 2016 (Regímenes Económicos Matrimoniales)
- Contenido y objeto: Regula la competencia, la ley aplicable y el reconocimiento/ejecución de resoluciones en materia de regímenes económicos matrimoniales (aplicable a acciones ejercitadas a partir del 29 de enero de 2019).
- Puntos clave: Establece la atracción de competencia para la liquidación ante el juez que conoce de la sucesión (art. 4) o del divorcio (art. 5), o foros generales subsidiarios basados en la residencia habitual común de los cónyuges.
- Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016 (Uniones Registradas)
- Contenido y objeto: Regula de forma paralela la competencia, ley aplicable y eficacia de resoluciones respecto de las consecuencias patrimoniales de las parejas de hecho o uniones registradas.
- Convenios Internacionales Mencionados
- Convenio de La Haya de 19 de octubre de 1996: Protección de menores y responsabilidad parental. Esencial frente a terceros Estados no pertenecientes a la UE.
- Convenio de La Haya de 25 de octubre de 1980: Aspectos civiles de la sustracción internacional de menores y procedimiento de restitución.
- Protocolo de La Haya de 23 de noviembre de 2007: Determina la ley aplicable a las obligaciones alimenticias por remisión directa del Reglamento 4/2009.
- Ley 29/2015, de Cooperación Jurídica Internacional en Materia Civil (LCJIMC): Marco procesal español de fuente interna para la litispendencia internacional y el exequátur de resoluciones procedentes de terceros Estados.
- LISTADO DE SENTENCIAS Y RESOLUCIONES JUDICIALES
- Sentencias del Tribunal Supremo (España)
- STS 854/2026, de 4 de junio (ECLI:ES:TS:2026:2459):
- Materia: Reconocimiento y ejecución en España de una sentencia extranjera de familia procedente de un tercer Estado (Reino Unido).
- Doctrina: Analiza la unidad formal del título frente a la pluralidad de regímenes de circulación de sus pronunciamientos (dépeçage). Aclara que aunque el divorcio, la guarda, la pensión de alimentos y la pensión compensatoria se dicten en una sola sentencia, cada medida debe circular y ejecutarse en el extranjero mediante su instrumento internacional específico.
- STS 89/2021, de 17 de febrero de 2021 (ECLI:ES:TS:2021:532) / STS 17/02/2021:
- Materia: Calificación de la pensión compensatoria y ley aplicable.
- Doctrina: Confirma que la competencia judicial internacional es un presupuesto procesal de orden público y control de oficio. Establece que la pensión compensatoria se incardina dentro del concepto autónomo de «alimentos» del Reglamento (CE) n.º 4/2009, rigiéndose su ley aplicable por las normas de conflicto del Protocolo de La Haya de 2007 (ley de la residencia habitual del acreedor).
- STS 979/2024, de 10 de julio de 2024:
- Materia: Divorcio de cónyuges en España y competencia sobre medidas de un menor residente en un país tercero (Bielorrusia).
- Doctrina: Acepta que los tribunales españoles pueden ser competentes para el divorcio pero carecer de competencia para acordar medidas relativas a la responsabilidad parental si el menor reside en un tercer Estado y no concurren los requisitos estrictos de la prórroga de competencia.
- Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)
- STJUE de 5 de septiembre de 2019, Asunto C-468/18 (R c. P):
- Materia: Competencia en materia de alimentos en demandas acumuladas al divorcio.
- Doctrina: Declara que cuando un juez conoce de una demanda de divorcio y se declara incompetente respecto a la responsabilidad parental del menor por residir este en otro Estado miembro, sí conserva la competencia para resolver sobre la pensión de alimentos del menor si concurre el foro de la residencia habitual del demandado (art. 3.a del Reglamento 4/2009) o la sumisión por comparecencia (art. 5).
- STJUE de 16 de julio de 2015, Asunto C-184/14 (A c. B):
- Materia: Relación de accesoriedad entre las demandas de alimentos y la responsabilidad parental.
- Doctrina: Precisa que la pretensión de alimentos sólo es accesoria a la acción de responsabilidad parental (art. 3.d del Reglamento 4/2009) cuando esta última se tramita ante el mismo juez. Si los procedimientos se disgregan entre distintos Estados miembros, el foro de alimentos se determina de forma autónoma conforme a sus propios criterios alternativos.
- STJUE de 16 de enero de 2019, Asunto C-386/17 (Stefano Liberato y Luminita Luisa Grigorescu):
- Materia: Litispendencia internacional y vulneración procesal en resoluciones sobre alimentos y responsabilidad parental.
- Doctrina: Dictamina que las reglas de litispendencia del Reglamento Bruselas II bis obligan al tribunal que conoce en segundo lugar a suspender el proceso, sin que la inobservancia de la litispendencia por parte del primer juez autorice a denegar el reconocimiento de la sentencia final en el Estado requerido.
- STJUE de 20 de diciembre de 2017, Asunto C-372/16 (Soha Sahyouni c. Raja Mamisch):
- Materia: Divorcios religiosos o privados y ámbito del Reglamento Roma III.
- Doctrina: Determina que el Reglamento (UE) n.º 1259/2010 (Roma III) cubre únicamente los divorcios constitutivos pronunciados por un órgano jurisdiccional estatal o por una autoridad pública, excluyendo de su ámbito material los divorcios privados o religiosos fruto de una declaración unilateral de voluntad ante un tribunal eclesiástico o islámico.
- STJUE de 29 de noviembre de 2007, Asunto C-68/07 (Kerstin Sundelind López c. Miguel Enrique López Lizazo):
- Materia: Carácter exclusivo de los foros de divorcio y normas residuales.
- Doctrina: Establece que los artículos 6 y 7 del Reglamento Bruselas II bis (actual art. 6 de Bruselas II ter) tienen carácter exclusivo. Si un demandado reside o es nacional de un Estado miembro, un tribunal nacional no puede acudir a sus normas internas de competencia residual si el asunto no encaja en los fueros comunitarios.
- STJUE (Gran Sala) de 27 de noviembre de 2007, Asunto C-435/06 (C) y STJUE de 2 de abril de 2009, Asunto C-523/07 (A):
- Materia: Concepto de «materia civil» en medidas de protección de menores.
- Doctrina: Interpreta de forma autónoma que el término «responsabilidad parental» como materia civil del Reglamento abarca cualquier decisión de autoridad pública orientada a la protección del menor, incluyendo la asunción de tutela administrativa y la orden de acogimiento del menor en una familia o centro en régimen cerrado.
- STJUE de 22 de diciembre de 2010, Asunto C-497/10 PPU (Barbara Mercredi c. Richard Chaffe):
- Materia: Concepto autónomo de «residencia habitual del menor».
- Doctrina: Define la residencia habitual del menor como el lugar que refleja una cierta integración en un entorno social y familiar, debiendo ponderarse la duración, regularidad, condiciones y razones de la estancia, así como la nacionalidad del niño.
- STJUE de 22 de diciembre de 2010, Asunto C-491/10 PPU (Joseba Andoni Aguirre Zarraga c. Simone Pelz):
- Materia: Audiencia del menor y ejecución directa de resoluciones de restitución.
- Doctrina: Consagra la eficacia del certificado de ejecución directa (art. 42 Bruselas II bis / art. 45 Bruselas II ter) en supuestos de sustracción. El tribunal del Estado requerido no puede revisar ni denegar la ejecución alegando infracción del derecho del menor a ser oído, correspondiendo dicha verificación exclusivamente a los tribunales del Estado miembro de origen.
- Sentencias de Tribunales Internacionales Extracomunitarios
- Sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso ABBOTT v. ABBOTT (No. 08–645, 17 de mayo de 2010):
- Materia: Sustracción internacional de menores y derecho de custodia en el Convenio de La Haya de 1980.
- Doctrina: Resuelve que una orden judicial que prohíbe la salida del menor de un país sin el consentimiento del otro progenitor (ne exeat) otorga a este un «derecho de custodia» protegido por el Convenio de La Haya de 1980, calificando de ilícito el traslado unilateral del menor.
III. DICTAMEN Y CONCLUSIONES PRÁCTICAS
- Imposibilidad de juzgar el litigio internacional como un todo indivisible: El principio de dépeçage enunciado en la doctrina obliga a fragmentar la demanda de divorcio con medidas.
- Verificación competencial de oficio: El juez español debe analizar de oficio su competencia para el divorcio (Reglamento Bruselas II ter), para la responsabilidad parental (atendiendo a la residencia habitual del menor), para los alimentos (Reglamento 4/2009) y para el régimen económico (Reglamento 2016/1103).
- Eficacia y circulación de fallos: La tramitación de acuerdos o sentencias definitivas exige adaptar las vías de ejecución al instrumento normativo regulador de cada medida específica para garantizar su reconocimiento pleno en el extranjero.