CUSTODIA COMPARTIDA Y FALTA ABSOLUTA DE ENTENDIMIENTO

Como ha declarado el Tribunal Supremo en sentencia 31/2019 de 19 de diciembre, que cita las de 12 y 13 de abril de 2016, la modificación de medidas, tal como el cambio de sistema de custodia, exige un cambio «cierto» de las circunstancias y que se adopte en interés de los menores. Si por ejemplo no se aporta un plan contradictorio, ni se concrea que el cambio vaya a beneficiar a los menores, en los casos en que viene desarrollándose con normalidad el sistema de visitas, no procede na modificación de medidas por el sinple transcurso de los años, o porque…